En una edición extraordinaria de las Normas Legales del diario oficial El Peruano, el Poder Ejecutivo promulgó la controvertida norma que excluye a los partidos políticos de responsabilidad penal.
Esta ley, aprobada por el Congreso el pasado 10 de mayo, modifica el artículo 105 del Código Penal, estableciendo que las organizaciones políticas no podrán ser procesadas judicialmente por delitos que se les imputen. En consecuencia, el Ministerio Público solo podrá procesar de manera individual a sus afiliados.
La aprobación de la norma en el pleno del Parlamento contó con 88 votos a favor, tras recibir luz verde de la Comisión de Constitución.
Durante el debate parlamentario, la presidenta de la Comisión, Martha Moyano, defendió la medida argumentando que “los partidos políticos no podrán ser sujetos de disolución, suspensión o del cierre de sus locales por la vía judicial, sino que su régimen sancionador se rige por la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas y sus estatutos partidarios”.
La ley establece además que no se podrán aplicar a los partidos políticos las mismas reglas de disolución o suspensión que se aplican a las personas jurídicas comunes, ya sean con fines de lucro o no.
De acuerdo con información del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), las elecciones regionales 2022 dieron como resultado a 14 (56%) gobernadores elegidos por movimientos regionales, mientras que 11 (44%) llegaron al poder a través de partidos políticos (ver infografía).
En la práctica, el Parlamento intenta eliminar a más de la mitad de la competencia que tiene en las regiones.
A la fecha, hay 84 movimientos regionales inscritos y 25 en proceso de inscripción, según el Registro de Organizaciones Políticas del JNE.