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Por Jorge B. Hugo Álvarez / La necesaria reforma del sistema de justicia

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JORGE B. HUGO ÁLVAREZ

Qué extraña suerte del pueblo que carece de jueces y fiscales de primer nivel. Lo sustituye la figuración y el show de jueces caneros como regla general. Desde luego que, no es lo más indicado, en términos racionales, para un Estado Constitucional de Derecho.  No merecemos un sistema nacional de justicia controlado por una caviarada tóxica.  El manoseo político del sistema es una tragedia para el común de los mortales.

 No generalizamos, pero el sistema de justicia en Perú es objeto de críticas justificadas por amplios sectores de la ciudadanía, especialmente por el uso excesivo de la prisión preventiva. Esta medida tan gravosa, que debería ser la excepción, se ha convertido en una práctica generalizada y preocupante. Una locura.

El uso excesivo de la prisión preventiva basado en fines procesales implica una cosificación de la persona humana si se utiliza como un medio para dar un mensaje a otros sobre lo que puede pasar si no contribuyen delatando a su coinvestigado. Esta práctica es usual en nuestro medio. Por tanto, dicha medida atenta contra la dignidad de la persona humana y contra derechos fundamentales.”

Precisamente, dichas normas internacionales, son eminentemente garantistas en Pro del Individuo y no en Pro de la Sociedad. Así, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que la aplicación arbitraria de la prisión preventiva desnaturaliza la esencia de un Estado democrático de derecho, contraviniendo principios y garantías constitucionales.

El articulo IV de la Constituciòn establece una línea de interpretación constitucional al establecer que: “Las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constituciòn reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú”. 

Precisamente, dichas normas internacionales, son eminentemente garantistas en Pro del Individuo y no en Pro de la Sociedad. Así, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que la aplicación arbitraria de la prisión preventiva desnaturaliza la esencia de un Estado democrático de derecho, contraviniendo principios y garantías constitucionales.

En tal sentido, fiscales y jueces no solo deben limitarse a realizar un examen de constitucionalidad de sus resoluciones, sino también de convencionalidad. Estas críticas subrayan la necesidad de reformas en el sistema judicial peruano para asegurar que la prisión preventiva se utilice de manera justa y excepcional, respetando los derechos humanos y las normas internacionales.

La necesaria reforma del sistema de justicia no debe materializar como política de gobierno sino como política de Estado, con el objetivo de mejorar la eficiencia, transparencia y accesibilidad del sistema judicial. 

El 2021 se aprobó la política pública de reforma del sistema de justicia mediante Decreto Supremo 012-2021-JUS, que quedó en buenas intenciones y nada más que eso. Por otro lado, el haber incrementado sus remuneraciones que, en el caso de los jueces supremos que superan de lejos al del primer mandatario. Es indicativo, que prefieren la comodidad en el cargo que hacer justicia racional.

Dada las particularidades actual sistema urge una reforma mucha más profunda que incluya el acceso al sistema de justicia de jueces y fiscales decisores, no exegéticos. Los grados de maestría y doctorados no garantizan, necesariamente, idoneidad para el cargo. En Perú se otorgan estos títulos de manera irresponsable y al mejor postor.

(*) Abogado penalista y analista político.

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