La Ley N° 31912 y sus reglamentos actuales en este 2026 establecen que los fonavistas con enfermedades terminales o crónicas degenerativas lideran el Grupo de Prioridad A-1. El objetivo es que el dinero sirva para costear tratamientos, medicinas o cuidados paliativos de forma inmediata.
1. ¿Qué condiciones califican para este protocolo?
No cualquier dolencia activa la emergencia. El protocolo está reservado para:
- Enfermedades Terminales: Aquellas con diagnóstico médico de etapa avanzada.
- Enfermedades Graves o Catastróficas: Cáncer, insuficiencia renal crónica, enfermedades cardiovasculares severas, entre otras que requieren tratamiento costoso y urgente.
- Acreditación: Es indispensable contar con un Certificado Médico emitido por el Ministerio de Salud (MINSA), EsSalud o una entidad prestadora de salud (EPS) autorizada.
2. El método de activación: La «Ruta Rápida»
Para que el cobro se gestione en tiempo récord, no basta con esperar la lista. Debes forzar la actualización del sistema:
- Escaneo de Documentos: Digitaliza el certificado médico donde se detalle claramente el diagnóstico y la gravedad.
- Solicitud Virtual: Ingresa al portal SIFONAVI y busca la sección de «Actualización de Datos por Salud».
- Carga del Expediente: Adjunta el certificado médico y el DNI del titular.
- Alerta de Emergencia: El sistema marcará tu expediente con una bandera roja de prioridad alta, lo que obliga a la Secretaría Técnica a validar tu historia laboral en un plazo preferencial.
3. ¿Se puede cobrar en 48 horas?
El término «48 horas» se refiere al tiempo de activación en el sistema una vez que la Comisión Ad Hoc valida el certificado de salud.
- El proceso: Una vez aceptada la condición de salud, la Comisión emite un CERAD (Certificado de Pago) excepcional y envía la orden de pago al Banco de la Nación de forma telemática.
- El resultado: El dinero queda disponible para ser retirado por ventanilla casi de inmediato, saltándose los meses de espera de los cronogramas regulares.
4. Tabla: ¿Quién puede realizar el trámite?
| Si el titular está… | ¿Quién hace la gestión? | Requisito adicional |
| Lúcido pero postrado | Un familiar directo | Carta poder con firma legalizada o huella digital. |
| Inconsciente | Curador o apoyo legal | Resolución judicial o notarial de apoyos. |
| Hospitalizado | Trabajador Social del hospital | Informe social que valide la urgencia del fondo. |
5. Cobro a domicilio: El último recurso
Si el fonavista no puede ser trasladado a una agencia, el protocolo de emergencia permite solicitar al Banco de la Nación el servicio de pago a través de sus transportes de caudales o mediante un funcionario que acuda al centro de salud o domicilio para la verificación de identidad y entrega del fondo.
💡 Consejo del Experto: No pierdas tiempo en la central telefónica. Si tienes un certificado médico de una enfermedad grave, usa la Mesa de Partes Virtual. Es el canal que deja constancia legal de la urgencia y obliga a los funcionarios a responder bajo responsabilidad administrativa.



